sábado, 5 de diciembre de 2015

ASPECTOS GENERALES DEL DERECHO INFORMÁTICO


ASPECTOS GENERALES DEL DERECHO INFORMÁTICO
 Por: JOSÉ FRANCISCO ESPINOZA CÉSPEDES
Abogado por la Universidad de Lima (Perú). Egresado de la maestría en Derecho Empresarial de la Universidad de Lima. Estudios de Post-grado en Comercio Electrónico en la Gestión de los Negocios Internacionales (UNMSM). Estudios de Postgrado en “Experto Universitario en Entornos Virtuales de Aprendizaje” (OEA – Universidad Tecnológica del Perú). Estudios de Administración Electrónica (Colombia). Estudios de Especialización en Negocios Electrónicos (ESAN). Estudios de Anticorrupción. Autor del libro: Contratación Electrónica Medidas de Seguridad y Derecho Informático.” Docente en la Universidad Ricardo Palma. Docente en la Universidad Wiener. Docente en la Universidad UTP. Docente del Curso de Incorporaciones del Ilustre Colegio de Abogados de Lima (2012-2013). Docente en la Universidad de Lima (1998-2006). Docente en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (2006-2008). Gerente Legal de la Empresa Cybersec Consult S.A. Profesor Principal del Diplomado en Gobierno Electrónico en la Universidad de Ciencias Informáticas –UCI –Cuba. Profesor Honorario de la Universidad Nacional Faustino Sánchez Carrión. Coordinador Académico del Curso de Formación de Fedatarios Juramentados 2011. Presidente de la Asociación Iberoamericana para el Desarrollo Regional –ASIDER.  Asesor Legal del Pleno 4 del Jurado Nacional de Elecciones. Ex – Presidente del Consejo de Supervisión de Fedatarios Juramentados (Ministerio de Justicia). Ex - Asesor Legal en materia de Derecho Informático en el Sistema Peruano de Información Jurídica –SPIJ (Ministerio de Justicia). Ex - Consultor del Sistema Peruano de Información Jurídica - SPIJ (Ministerio de Justicia). Ex - Miembro del Comité Consultivo de la Autoridad Administrativa Competente de la Firma Digital (INDECOPI).  Administrador del Blog: http://iusinformatico.blogspot.com. Administrador de la página: http:www.asider.pe. Ex - Vicepresidente de la Asociación Ética y Bien Común. Expositor en eventos Nacionales e Internacionales (Ecuador, Chile, Colombia, Argentina, Bolivia, México, Brasil y España).
Artículo publicado originalmente en: http://www.asider.pe/aspectos-generales-del-derecho-informatico_95.html


El desarrollo técnico permite un constante incremento de operaciones con datos y mensajes de datos relativos a las diversas actividades realizadas a consecuencia del crecimiento de las transacciones electrónicas, facilitándose de esta forma el avance del conocimiento especializado en la sociedad en un mundo interconectado.
En ese medio caracterizado por su interconexión se van generando una serie de problemas que afectan los sistemas y las tecnologías; hecho que presenta retos y exigencias que obligan al ámbito jurídico a generar respuestas adecuadas a tal situación, de ahí que, con la finalidad de hacer frente a los problemas surge el Derecho Informático[1] como rama nueva del Derecho que permite otorgar las soluciones jurídicas pertinentes a los problemas generados por el uso de la informática y las diversas tecnologías en las actividades humanas.
El Derecho Informático genera una serie de instituciones que permiten el desarrollo de diversos mecanismos para prevenir situaciones no deseadas por los usuarios de los sistemas y mecanismos electrónicos en general, aspecto que permite el surgimiento de altos niveles de confianza para el desarrollo de las transacciones por medios electrónicos. Por lo tanto siguiendo DELPIAZZO para “Hablar de la existencia de un Derecho Informático hace necesario distinguir el empleo de la expresión para referirse a una parte del orden jurídico”[2]
Hoy contamos con la Ley 27291 –Ley que permite la manifestación de voluntad por medios electrónicos, regulación que ha recibido la influencia del Derecho Informático permitiéndose que cuando se requiere firmar en el medio electrónico durante la manifestación de voluntad se pueda utilizar la firma electrónica.
Los medios electrónicos, que permiten la prestación de bienes y servicios por medios electrónicos, requieren del Derecho Informático para la regulación de nuevas instituciones jurídicas creadas especialmente para regular determinados aspectos del mundo electrónico.
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[1] Debemos tener en cuenta que “El Derecho Informático, como nueva creación jurídica se encarga de buscar soluciones a los retos planteados por la evolución de las aplicaciones de las computadoras electrónicas. Esta rama del Derecho está en constante seguimiento y estudio de los avances, adelantos y transformaciones tecnológicas a fin de ir planteando las medidas adecuadas que permitan una armónica convivencia social.” ESPINOZA Céspedes José Francisco. Contratación Electrónica, Medidas de Seguridad y Derecho Informático. Editorial RAO, 2000, p. 70.
[2]DELPIAZZO. Carlos E, y otros. Introducción a la informática jurídica y al derecho informático. Montevideo. Editorial. A.M. Fernández. 1984.