ASPECTOS GENERALES
DEL DERECHO INFORMÁTICO
Por: JOSÉ FRANCISCO ESPINOZA CÉSPEDES
Abogado por la Universidad de Lima (Perú). Egresado de la
maestría en Derecho Empresarial de la Universidad de Lima. Estudios de
Post-grado en Comercio Electrónico en la Gestión de los Negocios
Internacionales (UNMSM). Estudios de Postgrado en “Experto Universitario en
Entornos Virtuales de Aprendizaje” (OEA – Universidad Tecnológica del Perú).
Estudios de Administración Electrónica (Colombia). Estudios de Especialización en
Negocios Electrónicos (ESAN). Estudios de Anticorrupción. Autor del libro:
Contratación Electrónica Medidas de Seguridad y Derecho Informático.” Docente
en la Universidad Ricardo Palma. Docente en la Universidad Wiener. Docente en
la Universidad UTP. Docente del Curso de Incorporaciones del Ilustre Colegio de
Abogados de Lima (2012-2013). Docente en la Universidad de Lima (1998-2006).
Docente en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (2006-2008). Gerente
Legal de la Empresa Cybersec Consult S.A. Profesor Principal del Diplomado en
Gobierno Electrónico en la Universidad de Ciencias Informáticas –UCI –Cuba.
Profesor Honorario de la Universidad Nacional Faustino Sánchez Carrión.
Coordinador Académico del Curso de Formación de Fedatarios Juramentados 2011.
Presidente de la Asociación Iberoamericana para el Desarrollo Regional
–ASIDER. Asesor Legal del Pleno 4 del
Jurado Nacional de Elecciones. Ex – Presidente del Consejo de Supervisión de
Fedatarios Juramentados (Ministerio de Justicia). Ex - Asesor Legal en materia
de Derecho Informático en el Sistema Peruano de Información Jurídica –SPIJ
(Ministerio de Justicia). Ex - Consultor del Sistema Peruano de Información
Jurídica - SPIJ (Ministerio de Justicia). Ex - Miembro del Comité Consultivo de
la Autoridad Administrativa Competente de la Firma Digital (INDECOPI). Administrador del Blog:
http://iusinformatico.blogspot.com. Administrador de la página:
http:www.asider.pe. Ex - Vicepresidente de la Asociación Ética y Bien Común.
Expositor en eventos Nacionales e Internacionales (Ecuador, Chile, Colombia,
Argentina, Bolivia, México, Brasil y España).
Artículo publicado originalmente en: http://www.asider.pe/aspectos-generales-del-derecho-informatico_95.html
El desarrollo técnico permite un
constante incremento de operaciones con datos y mensajes de datos relativos a
las diversas actividades realizadas a consecuencia del crecimiento de las
transacciones electrónicas, facilitándose de esta forma el avance del
conocimiento especializado en la sociedad en un mundo interconectado.
En ese medio caracterizado por su
interconexión se van generando una serie de problemas que afectan los sistemas
y las tecnologías; hecho que presenta retos y exigencias que obligan al ámbito
jurídico a generar respuestas adecuadas a tal situación, de ahí que, con la
finalidad de hacer frente a los problemas surge el Derecho Informático[1] como
rama nueva del Derecho que permite otorgar las soluciones jurídicas pertinentes
a los problemas generados por el uso de la informática y las diversas
tecnologías en las actividades humanas.
El Derecho Informático genera una
serie de instituciones que permiten el desarrollo de diversos mecanismos para
prevenir situaciones no deseadas por los usuarios de los sistemas y mecanismos
electrónicos en general, aspecto que permite el surgimiento de altos niveles de
confianza para el desarrollo de las transacciones por medios electrónicos. Por
lo tanto siguiendo DELPIAZZO para “Hablar de la existencia de un Derecho
Informático hace necesario distinguir el empleo de la expresión para referirse
a una parte del orden jurídico”[2]
Hoy contamos con la Ley 27291
–Ley que permite la manifestación de voluntad por medios electrónicos,
regulación que ha recibido la influencia del Derecho Informático permitiéndose
que cuando se requiere firmar en el medio electrónico durante la manifestación
de voluntad se pueda utilizar la firma electrónica.
Los medios electrónicos, que
permiten la prestación de bienes y servicios por medios electrónicos, requieren
del Derecho Informático para la regulación de nuevas instituciones jurídicas
creadas especialmente para regular determinados aspectos del mundo electrónico.
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[1] Debemos tener en cuenta que
“El Derecho Informático, como nueva creación jurídica se encarga de buscar
soluciones a los retos planteados por la evolución de las aplicaciones de las
computadoras electrónicas. Esta rama del Derecho está en constante seguimiento
y estudio de los avances, adelantos y transformaciones tecnológicas a fin de ir
planteando las medidas adecuadas que permitan una armónica convivencia social.”
ESPINOZA Céspedes José Francisco. Contratación Electrónica, Medidas de
Seguridad y Derecho Informático. Editorial RAO, 2000, p. 70.
[2]DELPIAZZO. Carlos E, y otros.
Introducción a la informática jurídica y al derecho informático. Montevideo.
Editorial. A.M. Fernández. 1984.